IMPONER al señor GREGORIO HUANACUNI HUANACUNI, con DNI N° 01229488, con domicilio real en la Urbanización TEPRO, Amauta Zona A, Mz. U, Lote 06 – Puno, y con domicilio procesal en el Jr. Ancash N°142, 2do piso – Puno, una multa pecuniaria de DOS PUNTO CERO UNO (2.01), UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificado en el artículo 120°, numeral 5) de la Ley N° 29338, Ocupar el cauce del Río Jayllihuaya, sin la autorización correspondiente, concordante con el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal o). La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo