Declarar improcedente la solicitud presentada por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento-JASS Chirinos sobre autorización de reuso de aguas residuales domesticas tratadas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Disponer, el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Notificación Nº 825-2016-ANA-AAA.JZ-ALA-SL, absolviendo a la Municipalidad Distrital de Lagunas, de los cargos imputados, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgados mediante Resolución Administrativa N° 116/201 O.ANA-ALA SAN LORENZO a favor de Becerra Vilela José, para el predio con código catastral 20767.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Mendoza Crisanto Manuel Augusto {Ñavarto Lazada de Mendoza Nixa del Carmen.
Resolución Administrativa N° 299-2014- ANA-ALA Huamachuco
Resumen
Disponer que el JAAP LLANTEN cancele el Recibo (s) N° 2014005029 por el importe total de SI. 50.00 cincuenta nuevos soles por el uso de agua superficial con fines no agrarios correspondiente a la retribución económica del año 2014, conforme al volumen que se detalla en el recibo que forma parte integrante de la presente resolución, debiendo cancelarlo en el Banco de la Nación mediante el servicio de recaudación vía Teleproceso al código 3710, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de notificada la presente resolución.