APROBAR la Acreditación de Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial con Fin Productivo Agrario - Agrícola, para el desarrollo del proyecto de inversión pública denominado “Ampliación del Servicio de Abastecimiento de Agua de Riego Para la Comunidad Campesina de Cochacalla, Distrito de San Rafael - Ambo - Huánuco”, a favor de la Comunidad Campesina de Cochacalla; la Acreditación de Disponibilidad Hídrica otorgada, tiene un plazo máximo de vigencia de dos (2) años, de acuerdo con lo establecido en el numeral 81.2 del artículo 81º del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI.