IMPONER SANCIÓN ADMINISTRATIVA de multa a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHANAQUI, por la comisión de la infracción contenida en el art. 277º " Son infracciones en materia de recursos hídricos las siguientes : b) " Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua , obras de cualquier tipo, en los bienes naturales asociados", del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, por lo que corresponde imponer multa administrativa ascendente a 1,0 Unidades Impositivas Tributarias vigentes, en merito a los considerandos descritos en la presente.