Sancionar, a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DE CHICMO, de la provincia de Andahuaylas, del departamento de Apurímac, con una multa ascendente a UNO COMA CERO (1,00) Unidades Impositivas Tributarias (U.l.T.) vigentes a la fecha de cancelación, por ejecutar obras hidráulicas de aprovechamiento hídrico para la captación de las aguas del manantial ltanachayoccc 2 (también conocido como ltanayoc o Yacutocyocc), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, cuyas coordenadas y detalles, se encuentran señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, acción que se encuentra tipificada como infracción en el numeral 3) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley acotada.