OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL PARA USO AGRARIO A FAVOR DE LA COMUNIDAD CAMPESINA SAN PEDRO DE TONGOS - BLOQUE DE RIEGO SANKI PUCUTURA (17).
Otorga permiso de uso de agua superficial para época de superávit Hídrico, con fines agrícolas, provenientes del río Chicama captados en al Bocatoma Paiján, ubicada geograficamente según Datum WGS 84 Proyección UTM Zona 17S en las coordenadas E 710 893- N 9 144 718, en el Bloque PCHC-1301-B09 "Licapa-Hormiguita" a favor de Celeste Karin Diaz Solano en el ambito de la Comisión de Usuarios Paiján.
Otorga permiso de uso de agua superficial para época de superávit hídrico , con fines agricolas, proveniente del Río Chicama captados en la Bocatoma Chiclin, ubicada Geograficamente seguún Datum WGS84 Proycción UTM Zona 17S en las coordenadas E 708 493- N 9 143 410, en el bloque PCHC-1301-B28 # Chiquitoy-La Barranca" a favor de Margarita Benites Rodriguez de Mendoza, ambito de la Comisión de Usuarios Santiago de Cao, de la Junta de Usuarios de Agua Valle Chicama .
Declarar, que carece de objeto pronunciarse sobre el recurso de reconsideración interpuesto por Edwin Castro Rodríguez, Hugo Cieza Astonitas, Ricardo Marcelo Muro, Juan Manuel Cabrera Farroñan, Manuel Nevado Pozo, Víctor Chapoñan Damián, contra la Resolución Directora! Nº 322-2014-ANA-AAA- JZ-V, por haberse producido sustracción de la materia.
Sancionar Administrativamente, a Inversiones TUMA SA, con RUC N° 20487641261 por infringir los literales D y o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley Nº 29338, ocupar sin autorización ta faja marginal y dañar cualquier bien asociado al agua natural, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, improcedente la solicitud presentada por Consorcio Pro Agua Norte sobre rectificación de error material, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.