R.D. Nro. 194-2025-ANA-AAA.TIT
Resumen
IMPONER a los señores ROGELIO JALIRI CHAMBILLA, con DNI. N° 01316045, y FÉLIX LUCIANO JALIRI CHAMBILLA, con DNI. N° 01810409, ambos con domicilio en la Comunidad de Chichillapi, Distrito Santa Rosa – Mazocruz; con sanción administrativa de AMONESTACION ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por “Construir un canal rustico pequeño en la fuente natural de agua, sin la autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua”, contraviniendo lo dispuesto en la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, artículo 120°, numeral 3): La ejecución de obras sin autorización de la Autoridad Nacional, y, el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, artículo 277° literal b) Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo transitoria, en la fuente natural de agua