Aprobar la conformación del Grupo de Trabajo del Plan de Aprovechamiento de la Disponibilidad Hídrica del Valle de Tambo a fin de implementar sus funciones de acuerdo al artículo 8 de la RJ Nº 315-2014-ANA
Declarar Improcedente el pedido de Suspensión del procedimiento de Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua por cambio de titular, formulado por la Financiera CREDINKA SA, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución
Declarar improcedente el pedido de Permiso de uso de agua, formulado por el Sr. Enrique Mamani Zanga, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto resolutivo.
Declarar improcedente el pedido de Permiso de uso de agua de avenidas, que corresponde a uno de Permiso de uso de agua por superávit hídrico, formulado por la Asociación Agropecuaria Cristo Rey Tarata, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto resolutivo.
Rectificar el error material contenido en la Constancia Temporal Nº 0646-2016-ANA-AAA I CO, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, la misma que debe ser corregida por la Administración Local de Agua Moquegua
Declarar Improcedente el pedido de Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con fines poblacionales a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS Acampromuge, de acuerdo a lo glosado en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar improcedente el pedido de reconocimiento de Comité de Usuarios y Consejo Directivo del Comité de Regantes Caplina periodo 2017-2020, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto resolutivo
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración Interpuesto por Ivan Gustavo Quispe en contra de la RD Nº 1400-2017-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Improcedente la solicitud de Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterránea, pedido formulado por Hugo Edwin Osco Cachicatari y otro, de acuerdo a lo glosado en la parte considerativa de la presente resolución
Establecer la Responsabilidad de Percy Fernando Flores Coayla e imponer sanción de 2 UIT por usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso o autorización de la Autoridad Nacional del Agua