MODIFICAR la Resolución Directoral N° 622-2012-ANA-AAA VI MARAÑON, en el sentido que la Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, otorgada al Comité de Usuarios Coima, será por un volumen anual de hasta 7550,50 m'equivalente a un caudal de hasta 0,651/s proveniente del manantial Ojo de Agua I, con un caudal de 0,201/s y manantial Ojo de Agua II, con un caudal de 0,45 I/s. El centroide de uso de agua se ubica en las coordenadas UTM WGS 84 17 Sur: 823 210 E - 9 169 026 N, en beneficio de sesenta y dos (62) usuarios con una área bajo riego de 2,0026 hectáreas; políticamente ubicado en el caserío Coima, distrito Condebamba, provincia Cajabamba, región Cajamarca, en el ámbito de la Junta de Usuarios Cajabamba.