R.D. N°266-2018-ANA-AAA X MANTARO
Resumen
Sancionar al Instituto Nacional Penitenciario con una multa equivalente a Cuatro coma Nueve (4,9) Unidades Impositivas Tributarias (UITs), al haberse configurado la comisión de la infracción Grave, tipificada en el numeral 9) del Artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del Artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en efectuar Un (01) vertimiento de aguas residuales hacia un bofedal sin nombre sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.