ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador signado con CUT N° 79662-2025, seguido contra el señor Carlos Andrés Muñoz Peña, identificado con DNI N° 41784072, por ejecutar obras hidráulicas consistentes en la perforación de un pozo tubular en el punto de las coordenadas UTM (WGS-84) 416,976 mE - 8´452,078 mN, dentro de las instalaciones del predio de U.C N° 18427, sector Cerro Prieto, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, sin contar con autorización de la Autoridad Administrativa del Agua, infracción tipificada en el numeral 3 “la ejecución de obra hidráulica sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” del artículo 120° de la Ley N° 29338 – Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b “construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias en las fuentes naturales de agua” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.