IMPONER sanción a la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A., con una multa equivalente a UNO COMA CERO (1,0) UIT-Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha en que se realice el pago, por Utilizar el agua con mayores caudales o volúmenes que los otorgados; conducta que constituye infracción de conformidad a lo establecido en los numerales 2) del artículo 120° de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal i) del artículo 277° de su Reglamento, la misma que debe de ser cancelada por el infractor en el plazo de quince días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del Boucher de depósito a la Administración Local de Agua Cusco, dentro del tercer día de efectuado el mismo.