SANCIONAR a la Empresa Agrícola lspana S.A.C, con RUC Nº 20452645131, con una multa equivalente a 20 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigente a la fecha de pago, por la excavación y construcción de un Dique dentro del Cauce sin contar con la autorización para la ejecución de obras hidráulicas, iniciándose desde las coordenadas UTM (Datum WGS 84) 467,893 mE y 8'377,706 mN y teniendo como final las coordenadas UTM (Datum WGS 84) 467,871 mE y 8'377,685 mN, con una dimensión de 59 metros lineales, por 24 metros de ancho (dique) en el sector Cabildo, distrito de Changuillo, provincia de Nasca, departamento de Ica, por haber incurrido en la infracción tipificada por el Artículo 120º numeral 5) y 6) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con los incisos b) y f) del artículo 277 de su Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.