R.D. N° 0540-2025-ANA-AAA.CHCH
Resumen
SANCIONAR a la Asociación de Residentes de la Urbanización La Angostura, con R.U.C. N° 20181750457 del distrito de Ica, provincia de Ica, región Ica, con la imposición de una multa administrativa equivalente a CINCO PUNTO UNO (5.1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por hacer uso del agua subterránea con fines poblacionales, proveniente de los pozos tubulares con código IRHS-11-01-01-16 ubicado en las coordenadas UTM (WGS84): 418,659mE – 8´446,625mN y del pozo IRHS-11-01-01-113, ubicado en las coordenadas UTM (WGS84): 418,237mE – 8´446,574mN, sin contar con el derecho de uso correspondiente por parte de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos prevista en el numeral 1. Del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338, “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”, lo cual es concordante con el artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, inciso a) “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.