Modificar, la Resolución Administrativa N° 004-2005-AG-INRENA/ATDRCH-L, en el extremo que se otorga licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Santisteban Chapoñan, Abelardo
Declarar fundado, el recurso de reconsideración presentado por Agrícola Santa Regina S.A.C. con RUC 20530246290, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente el pedido de otorgamiento de Licencia de Uso de Agua formulado por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Centro Poblado de San Camilo - La Nueva Joya, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Improcedente el pedido de Ampliación de Licencia de Uso de Agua formulado por Alejandro Chiguay Quispe y Sabrina Soledad Sahuanay de Chiguay, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Improcedente el pedido de Ampliación de Licencia de Uso de Agua formulado por Alejandro Chiguay Quispe y Sabrina Soledad Sahuanay de Chiguay, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Improcedente el pedido de prórroga de la RD N° 582-2018-ANA-AAA I CO, formulado por Consorcio PNP San José, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Apelación contra la denegatoria ficta de la queja formulada en contra de la Junta de Usuarios del Distrito de Chili Zona Regulada por Leopoldo Gamarra Baca, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial con fines "otros usos" (riego de áreas verdes y jardines) a favor del Comité Nacional de Administración de Fondo de Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú - CONAFOVICER
OTORGAR permiso de uso de agua superficial para épocas de superávit hídrico para uso productivo de tipo agrario, a favor de sociedad conyugal conformada por María Luisa Chávez Sánchez y Miguel Ángel Callacna Custodio.