CUT N°: 8378-2018.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
IMPUGNANTE: SINDICATO ENERGÉTICO S.A.
MATERIA: Tarifa por uso de infraestructura hidráulica.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de revisión formulado por el Sindicato Energético S.A. contra la Resolución Directoral Nº 3070-2017-ANA-AAA-JZ-V, en aplicación del precedente de observancia obligatoria establecido en la Resolución Nº 451-2017-ANA/TNRCH, que establece los criterios para los procedimientos desarrollados bajo la competencia de la Autoridad Nacional del Agua, respecto de la intervención de terceros.