SANCIONAR al Señor SAMUEL WASHINGTON ARCE ALEGRIA , identificado con DNI Nº 31169060, con una multa de DOCE (12.00) UIT- Unidades Impositivas Tributarias vigentes al momento de su cancelación, por : a) Usar el agua del río Chumbao, sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua , conducta tipificada como infracción en el numeral 1 de la Ley Nº 29338, Ley de Recurso Hídricos, concordante con el literal "a " del artículo 277º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG; b) Por efectuar vertimientos de aguas residuales al río Chumbao , sin la correspondiente autorización, tipificada en el numeral 9 de la Ley Nº 29338, Ley de Recurso Hídricos, concordante con el literal "d" del artículo 277° de su reglamento; e) Ocupar , sin autorización la Faja Marginal margen derecha del río Chumbao, tipificada en el numeral 6 de la Ley N° 29338, Ley de Recurso Hídricos, concordante con el literal "f' del artículo 277º de su reglamento ; d) Desviar sin autorización los cauces del río Chumbao, tipificada en el numeral 6 de la Ley Nº 29338 , Ley de Recurso Hídricos , concordante con el literal " f' del artículo 277º de su reglamento; y, e) Destruir la defensa natural de la margen derecha del río Chumbao, tipificada en el numeral 5 de la Ley Nº 29338, Ley de Recurso Hídricos, concordante con el literal "p" del artículo 277° de su reglamento .