DISPONER el archivamiento del Procedimiento Administrativo Sancionador, iniciado contra el Señor Romulo Bayona Gordillo en calidad de representante de los Señores Shaw David Wrouhton, Breanne Kelly Wrougton y David Daniel Wroughton Gray, por la presunta comisión de infracción contemplados en el artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos Ley Nº 29338, numeral 1"Utilizar el Agua sin el correspondiente derecho de uso· concordante con el Reglamento de la Ley Inciso a) del artículo 277 º "Usar el agua sin el correspondiente derecho de Uso de Agua o Autorización de la Autoridad Nacional de Agua" así mismo el Numeral 3) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal b) Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor; establecido en el articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos D.S. Nº 001-2010-AG,por no estar correctamente individualizado a los presuntos infractores.