R.D. N° 1637-2018-ANA/AAA-MARAÑON
Resumen
DETERMINAR la no existencia de infracciones tipificadas en los numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordantes con los literales a y b del artículo 277° de su Reglamento, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia DISPONER el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Jaime Montero Suxe.