R.D. N° 0579-2018-ANA/AAA XII.UV
Resumen
IMPONER sanción a la Municipalidad Distrital de Echarati, con una multa equivalente a DOS COMA CERO UNO (2,01) UIT-Unidades Impositivas T ributarias vigente a la fecha en que se realice el pago, por ejecutar obras de infraestructura hidráulica (Bocatoma directa) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, conducta que constituye infracción de conformidad a lo establecido en el numeral 3) del articulo 120° de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal b) del articulo 277º de su Reglamento, la misma que debe ser cancelada por el infractor en el plazo de quince días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del Boucher de depósito a la Administración Local de Agua La Convención, dentro del tercer día de efectuado el mismo.