Resolución Administrativa Nº 1027 - 2006-AG-INRENA/ATDRCH-L
Resumen
El predio inscrito bajo el régimen de permiso, será atendido por la Comisión de Regantes del Subsector de Riego Chongoyape, cuando exisía disponibilidad del recurso hídrico, en aplicación del Articulo 29° de la Ley General de Aguas N° 17752, previa autorización de campaña agrícola.