Sancionar, administrativamente al señor Roberto Ernesto Cutimanco Culqui, con DNI 09025303, por impedir la realización de la inspección ocular dispuesta por la Autoridad Nacional del Agua, negando el ingreso a la propiedad privada para verificar el cumplimiento de la medida complementaria dispuesta en el artículo 2° de la Resolución Directoral 550-2024-ANA-AAA.CF «Disponer, como medida complementaria que el señor Roberto Ernesto Cutimanco Culqui, con DNI N°09025303, en un plazo de un (1) día, suspenda la explotación del pozo tipo artesanal ubicado en la Mz. A Lote 8 y 9 de la Residencial San Antonio en el distrito de San Martín de Porres - Lima, en las coordenadas UTM (WGS 84) 270 950 m E – 8 673 840 m N y proceda con el sellado definitivo del pozo artesanal»; calificando la infracción como leve, e imponiéndose finalmente una multa ascendente a uno coma cinco «1,5» de la Unidad Impositiva Tributaria «UIT»; vigente al momento de su pago, por la infracción contemplada en el literal l) del artículo 277° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000877174 a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.