R.D. N° 0553-2018-ANA/AAA XII.UV
Resumen
SANCIONAR a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento JASS de la Comunidad Campesina de Huayllarcocha, con una multa equivalente a 0.5 UIT, vigente a la fecha en que se realice el pago, por Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de Agua y la ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua" tipificada el numeral 1 y 3 del artículo 120º de la precitada Ley, concordante con el literal a) y b) del artículo 277º de su Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001 -2010-AG. Así mismo se realice el depósito de la multa impuesta que sea pagada mediante depósito en las agencias del Banco de la Nación en la Cuenta Corriente N° 0000-877174 de la Autoridad Nacional del Agua (concepto multas) en el plazo de quince (15) días hábiles de notificado la presente resolución, bajo apercibimiento de iniciarse ejecución coactiva en caso de incumplimiento.