Declarar improcedente la solicitud presentada por el administrado Carlos Quintos Contreras, sobre otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Productivo Agrario - Agrícola en vías de regularización, proveniente del Río Mayo, en el sector Recodo, distrito de Juan Guerra, provincia de San Martín, departamento de San Martín, toda vez que no se puede otorgar doble derecho de uso de agua en una misma unidad operativa, lo cual contravendría lo dispuesto en el artículo 47° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordado con el artículo 65° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, además pretender regularizar una Licencia de Uso de Agua a un predio que cuenta con derecho de uso establecido en la Resolución Directoral N° 270-2017-ANA/AAA-HUALLAGA, variando la fuente de agua del Río Cumbaza al del Río Mayo.