SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Coayllo, con RUC N° 20158939585 con una multa equivalente a CUATRO PUNTO CERO (4.0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa por realizar el vertimiento de aguas residuales municipales no tratadas proveniente de la población de Coayllo, hacia el cauce del río Omas, en el punto de las coordenadas UTM (WGS84): 340,742 mE – 8’592,168 mN, distrito de Omas, provincia de Cañete, departamento de Lima, como producto del colapso de un buzón de alcantarillado georreferenciado en el punto de las coordenadas UTM Datum (WGS84): 341,114 mE – 8’592,359 mN, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, “Realizar vertimientos sin autorización”; concordante con el literal d) del artículo 277° del su Reglamento, “Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua (…), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.