R.TNRCH. Nº 0713-2025-ANA
Resumen
CUT: 19715-2024.
SOLICITANTES: Roger Orlando Altamirano Castillo y Niel Salomón Alva Durán.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUBMATERIA: Delimitación de faja marginal
SUMILLA: La faja marginal cumple la función de proteger las fuentes de agua naturales o artificiales, los caminos de vigilancia, disminuir el riesgo de daños a la vida y al patrimonio, facilitar el uso primario, el libre tránsito, incluso si fuese propiedad privada.
MARCO NORMATIVO: Artículo 74° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 113° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 4° del “Reglamento para la delimitación y mantenimiento de fajas marginales” y numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: No haber mérito.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La faja marginal cumple la función de proteger las fuentes de agua naturales o artificiales, los caminos de vigilancia, disminuir el riesgo de daños a la vida y al patrimonio, facilitar el uso primario, el libre tránsito, incluso si fuese propiedad privada.
Marco normativo
Artículo 74° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 113° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 4° del “Reglamento para la delimitación y mantenimiento de fajas marginales” y numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.