Artículo 1°.- Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0171-2005-G.R.PIURA-420010-DRA.P-AACH-S.ATDRCH, de fecha 07/04/2005, otorgada a favor de COBOS CALDERON, JULIO, respecto a la unidad operativa Cod: 07071.
Declarar improcedente la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para Uso Productivo Minero proveniente del Río Maronilla, y Autorización de Ejecución de Obra de Aprovechamiento Hídrico, para desarrollar el proyecto “Explotación Minera Davis” ubicado en el distrito de Daniel Alomia Robles, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco.
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial otorgada con Resolución
Administrativa Nº 009-2007-GR-LAMB/DRA-ATDRMOL-L, a favor de Damián de Relaiza María y Rivera Arroyo Ernesto y Esposa, para los predios con código catastral 50207 y 50209, respectivamente; quedando vigente en lo demás que contiene la mencionada Resolución Administrativa, respecto a las licencias que aún no hayan sido modificadas.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Rojas Diaz Teodomiro y Altamirano Romero Sebastiana para el predio denominado Caracucho Muy Finca. con código catastral 23660, con área bajo riego de 1.47 ha., con agua proveniente del río Chancay Lambayeque
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HIDRICA SUBTERRANEO PROYECTO DE CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LA ASOCIACION DE VIVIENDA LA ENSENADA - SAYAN
Artículo 1°.- Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0514-2005-G.R.PIURA-420010-DRA.P-AACH-S.ATDRCH, de fecha 15/09/2005, otorgada a favor de GARCIA ZAVALA, AUGUSTO, respecto a la unidad operativa Cod: 42995, MONTE LIMA.
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios,
otorgada con Resolución Administrativa N° 257-2006-GR-LAMB/DRA·ATDRMOL-L, a favor de Sánchez Meneses Clarisa, para el predio con código catastral 52684; quedando vigente en lo demás que contiene la mencionada Resolución Administrativa, respecto a las licencias que aún no hayan sido modificadas.