Reconocer el crédito no devengado a favor del señor Carlos Enrique Zevallos Torres, por la suma de S/. 5,500.00 soles (cinco mil quinientos con 00/100 soles), descontando la penalidad impuesta de S/.110.00 soles (ciento diez con 00/100 soles) correspondiente al primer entregable de la orden de servicio N° 140-182, por la ejecución del servicio de “Supervisión y monitoreo actividades del campo del proceso de ejecución de actividades de mantenimiento de infraestructura de riego del núcleo ejecutor Acequia Nueva - Mochica de la provincia y departamento de Ica en el ámbito de la ALA Ica, en el marco del Plan de reactivación rápida de la economía Con punche Perú”, y disponer su respectivo abono a favor del referido proveedor, conforme a lo expuesto en la parte considerativa.