Sancionar, a la Municipalidad Distrital de Mollepata, Provincia de Anta, Región Cusco, con una multa ascendente a DOS PUNTO UNA DÉCIMA (2.1) Unidades
Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de cancelación, por efectuar vertimientos de aguas residuales hacia las quebradas sin nombre del sector Ayarma y quebrada sin nombre del sector Tica Tica, sin la autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua, cuyos detalles fueron desarrollados en los considerandos de la presente resolución; acción que se encuentra tipificada como infracción en el numeral 9 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley acotada.