Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 34011.00 m3/año, para uso Poblacional, a favor de "Junta Administrativa de Servicios de Saneamiento (JASS) del Centro Poblado de Masintranca".
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado contra Alfredo Chávez León identificado con DNI N° 43940664, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua con fines agrícolas, otorgada mediante Resolución Directoral N° 2098-2017-ANA-AAA.M, a favor del Comité de Usuarios del Canal de Riego El Sauce por inclusión de nuevos beneficiarios, en ese sentido, el número de beneficiarios varia de 117 a 118 usuarios; el área bajo riego de 70,80 ha a 80,08 ha; por un volúmen de 1 460 653,34 m3, equivalente a un caudal de hasta 77,59 l/s, proveniente de la quebrada Santa Rosa - El Palmo.
IMPONER la sanción administrativa de multa equivalente a una (1,0) Unidad Impositiva Tributaria, vigente a la fecha de pago, a Dunia Giovanna Rojas Zegarra identificada con DNI N° 26707631, por infracción en materia de recursos hídricos "obstaculizar el normal mantenimiento y operación de los sistemas de infraestructura hidráulica" tipificada en el literal r) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, calificadas como leve.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la JUNTA ADMINISTRADORA DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO JASS DE LA LOCALIDAD “NUEVO SAN JOSÉ", sobre Modificación de Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional.
IMPONER la sanción administrativa de multa equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria, vigentes a la fecha de pago, a la empresa Constructora & Maquinarias Villegas E.I.R.L con RUC N° 20487451054, por infracción en materia de recursos hídricos consistente en “Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados" tipificado en el numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos hídricos - Ley N° 29338, calificada la infracción como LEVE.
MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua con fines agrícolas, otorgada mediante Resolución Directoral N° 027-2017-ANA-AAA.M, a favor del Comité de Usuarios del Canal Higuzuran por inclusión de nuevos beneficiarios, el número varia de 54 a 55 usuarios; el área bajo riego de 49,50 ha a 84,25 ha; el volúmen varía de 236 687,13 m3 a 235 908,29 m3, equivalente a un caudal de hasta 15,53 l/s, proveniente de los manantiales Lavatorio El Aliso, El Chorro y la Cortadera.
MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua con fines agrícolas, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 105-2007-GR-CAJIDRA-ATDRC, a favor del Comité de Usuarios Chirimoyo - Aguas Calientes - Río Crisnejas por inclusión de nuevos beneficiarios, el número varia de 57 a 69 usuarios; el área bajo riego de 22,90 ha a 24,895 ha; por un volúmen de 1 363 293,50 m3, equivalente a un caudal de hasta 64,11 l/s, proveniente del río Crisnejas.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS “EL PALENQUE", sobre Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y, en consecuencia, proceder al ARCHIVO del expediente; careciendo de objeto pronunciarse sobre la oposición presentada por el COMITÉ DE REGANTES PAUCO GRANDE.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIO DE SANEAMIENTO (JASS) DEL SECTOR RURAL CHILILIQUE, sobre Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y, en consecuencia, proceder al ARCHIVO del expediente.