APROBAR, de oficio el ancho de la faja marginal del río Quellomayo, siendo de un ancho mínimo de 8.80 metros en la margen derecha y 8.00 metros en la margen izquierda, conforme a los criterio establecidos en el Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA. La faja marginal esta conformada por las áreas inmediatas superiores a la ribera de dicho cauce natural, y son consideradas zonas de riesgo NO MITIGABLES.