Sancionar a la Municipalidad Distrital de Locroja con una multa equivalente a Uno coma Tres (1,3) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción, tipificada en el numeral 9) del Artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal "d” del Artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en efectuar dos (02) vertimientos de aguas residuales municipales hacia la quebrada “Huisincca” y al río “Ahuatario”, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, vertimientos ubicados en las coordenadas UTM WGS 84: (N: 8591248, E 560511), y (N: 8591280, E 559617), ubicados en el distrito Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica.