Declarar improcedente la solicitud de licencia de uso de agua superficial formulada por Lucio Marcelino Osorio Meléndez, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
Declarar improcedente la solicitud de licencia de uso de agua superficial formulada por Carlos Carhuayano Caballero, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
RECTIFICAR el error material contenido en la Resolución Directoral N° 418-2019-ANA-AAA.M, de fecha 15 de mayo de 2019, respecto a la ubicación política del lugar en donde se hará uso del agua, en el siguiente sentido:
AUTORIZAR a Concesionaria IIRSA Norte S.A., la Ejecución de Obra en Fuente Natural de Agua, que consiste en la construcción de obras hidráulicas, ubicadas en el sector de progresivas Km 238+950 al Km 239+100, Distrito de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, Departamento de Amazonas.
IMPONER la sanción administrativa de multa de 1.98 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, a la empresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A., identificada con RUC N° 201001136610, por infracción en materia de recursos hídricos, consistente en usar el agua sin el correspondiente derecho de uso y ejecutar obras hidráulicas con fines de aprovechamiento hídrico, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial con Fines Agrícolas, solicitado por la Municipalidad Distrital de Oxamarca, por los fundamentos antes expuestos y, en consecuencia, DECLARAR concluido el presente procedimiento administrativo.
IMPONER la sanción administrativa de Amonestación Escrita a Víctor Villanueva Crespin; por infracción en materia de recursos hídricos consistente en utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso y ejecutar obras de aprovechamiento hídrico sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
IMPONER la sanción administrativa de Amonestación Escrita a José Modesto Coronado Saman y Mario Ortiz Coronado; por infracción en materia de recursos hídricos consistente en utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso y ejecutar obras de aprovechamiento hídrico, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Prorrogar a MINERA CHINALCO PERÚ S.A., la autorización de vertimiento de aguas residuales domésticas tratadas, provenientes del Campamento de Construcción 11 del Proyecto de Explotación Toromocho, ubicada en el distrito de Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junín, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 093-2014-ANA-DGCRH, renovada con Resolución Directoral Nº 129-2016-ANA-DGCRH y rectificada por Resolución Directoral N° 194-2016-ANA-DGCRH.
De la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos
R.D. N° 0515-2019-ANA/AAA-MARAÑON
Resumen
IMPONER la sanción administrativa de Amonestación Escrita a Jilmer Valdivieso Rodríguez, Gustavo Salinas Honorio, Cayo Tomas Roque Mendoza y Félix Lezama Melgarejo; por infracción en materia de recursos hídricos consistente en utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso y ejecutar obras sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.