Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 16322.00 m2/año, para usoPoblacional, a favor de "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Anexo de Punqui",
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 6229.00 m3/año, para usoPoblacional, a favor de "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Centro Poblado Rural de TUCUBAMBA",
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 6229.00 m3/año, para usoPoblacional, a favor de "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Centro Poblado Rural de MICHEQ"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 14912.00 m3/año, para usoPoblacional , a favor de "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Anexo de Paltaypata",
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 28244.00 m3/año, para usoPoblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO - JASS DEL ANEXO DE CUCULIPAMPA
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 21523.00 m3/año, para usoPoblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DEL ANEXO DE HUAYRURPATA",
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 10363.00 m3/año, para usoPoblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DEL ANEXO DE ACHUPA" ,
Declarar el abandono del procedimiento administrativo de Acreditación de disponibilidad hídrica superficial , encauzada como autorización de uso de agua con fines de ejecución de obras, solicitado por el Señor Marcial Valerio Almirón Panti , identificado con DNI Nº 25000830, por las razones indicadas en la parte considerativa de la presente resolución .
Declarar el abandono del procedimiento administrativo de Acreditación de disponibilidad hídrica superficial , encauzada como autorización de uso de agua con fines de ejecución de obras , solicitado por el Señor Marcial Valerio Almirón Panti , identificado con DNI Nº 25000830, por las razones indicadas en la parte considerativa de la presente resolución .
Delimitar la faja marginal en ambas márgenes del río Challhuapuquio, ubicado en el distrito de José María Arguedas, de la provincia de Andahuaylas, de la región Apurímac, en un tramo de 1.05 kilómetro, la que tendrá un ancho de 7 m. y quedará forme se detalla en el cuadro consignado en el artículo 4 º de la presente resolución.