R.TNRCH. Nº 0313-2019-ANA
Resumen
CUT N°:76200-2018.
ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.
MATERIA: Revisión de Oficio.
SUBMATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos
SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°2012-2018-ANA-AAA-CH.CH, debido a que no se ha logrado evidenciar que la misma agravie el interés público o lesione derechos fundamentales: asimismo, se dispone comunicar a la Oficina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua el presente pronunciamiento y remitir el expediente a la Unidad de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua, para que continúe con el Procedimiento de Ejecución Coactiva.
MARCO NORMATIVO: Literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 213.3 y numeral 213.1 del artículo 213° ambos del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: NO HABER MERITO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No corresponde declarar la nulidad cuando el acto administrativo no se agravia el interés público porque dicho acto involucra solamente a los administrados que actuaron en el presente procedimiento, ni afecta derechos fundamentales.
Marco normativo
Literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 213.3 y numeral 213.1 del artículo 213° ambos del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General