DISPONER QUE EL USUARIO UNIVERSIDAD CATOLICA SANTA PABLO CANCELE SU RECIBO POR RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUBTERRANEA CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2012
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de permiso de suo de Agua Superficial para épocas de Superávit Hídrico, con fines agrícolas, tramitado por Luis Enrique Llanos Minchan, de acuerdo a los fundamentos vertidos en la presente Resolución.
DISPONER que el Centro Recreativo CONAFOVICER, cancele el Recibo N° 2013S04409, por el importe total de S/. 24.97, correspondiente al pago de la Retribución Económica por el uso de agua subterránea, con fines poblacionales, del año 2012.
DISPONER QUE EL USUARIO PERCY OLAZABAL SALAZAR CANCELE SU RECIBO POR RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUBTERRANEA CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2012
Imponer a la Municipalidad Distrital de San Jose de Los Molinos, Empresa Constructora "Consorcio Los Molinos", Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego La Achirana-Santiago de Chocorvos y al Gobierno Regional de Ica una multa equivalente a ocho (8) UIT, vigentes a la fecha de cancelación, monto que deberá ser pagado en forma solidaria por las entidades referidas lineas arriba.
Declarar impocedente la soñlicitud de otorgamiento de permiso de uso de Agua Superficial para época de Superávit Hídrico, con fines agrícolasa, tramitados por Ruperto Julio Cordero Fernandez, de acuerdo a los fundamentos vertidos en la presente resolucion.
DISPONER QUE EL USUARIO EMPRESA REPSOL YPF COMERCIAL PERU CANCELE SU RECIBO POR RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUBTERRANEA CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2012
DISPONER que el Centro Comercial Real Plaza S.A., cancele el Recibo N° 2013S04408, por el importe total de S/. 216.86, correspondiente al pago de la Retribución Económica por el uso de agua subterránea, con fines poblacionales, del año 2012.
Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 101-2010-ANA-ALA ICA de fecha 07 de abril del 2010, sobre inhibición de esta administración del presente proceso administrativo.
Declarar impocedente la solicitud de permiso de uso de agua superficial para época de superávit hídrico de acuerdo a los fundamentos expuestos en el quinto considerando.