R.TNRCH. Nº 0382-2019-ANA
Resumen
CUT N°:180703-2018.
IMPUGNANTES: Claudia Aramburú Villavicencio y Andrea Aramburú Villavicencio.
ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua
SUMILLA: Se declara Infundado el recurso de apelación interpuesto por las señoras Claudia Aramburú Villavicencio y Andrea Aramburú Villavicencio contra la Resolución Directoral N° 1887-2018-ANA-AAA-CH.CH por haberse determinado el incumplimiento de la condición previa para el otorgamiento de una licencia de uso de agua subterránea.
MARCO NORMATIVO: Numeral 85.3 del articulo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se determina que para el otorgamiento de una licencia de uso de agua subterránea se requiere previamente que la fuente natural de donde se va extraer el recurso hídrico cuente con la Instalación de un medidor de caudal instantáneo y de volumen de metros cúbicos (caudalimetro).
Marco normativo
Numeral 85.3 del articulo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos