SANCIONAR al señor Dacio Manrique Garay Huarcaya, identificado con DNI N° 30493526, con una multa equivalente a 2.01 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por la ejecución de obras hidráulicas consistente en la construcción de muro de concreto y piedra en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 643,264 mE - 8'290,229 mN, en el sector San Lorenzo, Distrito de Quicacha, Provincia de Caravelí, Departamento de Arequipa, sin contar con la autorización correspondiente de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada por el Artículo 120° numeral 3 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el Artículo 277°, literal "b" de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.