Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15301.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "Junta Administradora de Servicio y Saneamiento (JASS) del Centro Poblado Rural de Taulli".
PRORROGAR, por única vez, el plazo de vigencia de la Acreditación de Disponibilidad Hídrica, otorgada mediante Resolución Directoral N° 0008-2023-ANA-AAA.M de fecha 05 de enero de 2023, por un plazo similar al plazo originario, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR administrativamente con multa de cero coma sesenta y cuatro (0.64) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Provincial de Pomabamba, con RUC N° 20207429091, por infracción en materia de recursos hídricos consistente en ejecutar obras en fuente natural de agua (manantial Tincuyacu) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; tipificada en el numeral 3) del artículo 120°, de la Ley de Recursos Hídricos; concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, la misma que ha sido calificada como Leve; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR administrativamente a la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE CAJAMARCA SOCIEDAD ANÓNIMA - E P S. SEDACAJ S.A. con RUC N° 20113733641, por la comisión de la infracciones previstas en los literales i y k del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos establece que constituye infracción en materia de agua: "/. Utilizar el agua con mayores caudales (...) que los otorgados (...)”, y “k. Mantener en malas condiciones la infraestructura hidráulica, los dispositivos de control y medición necesarios para el uso del del agua” conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, calificándose dicha conducta como LEVE, por lo que la sanción a imponer es equivalente a UNA (01) UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA vigente a la fecha de pago.
OTORGAR, a favor del COMITÉ DEL SISTEMA DE RIEGO TECNIFICADO BARROJO, Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico, para el desarrollo del proyecto denominado “INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO TECNIFICADO BARROJO, EN EL CASERÍO BARROJO, DISTRITO DE BAÑOS DEL INCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA".
MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional otorgada mediante Resolución Directoral N° 1324-2018-ANA-AAA.M, a favor de la JUNTA ADMINISTRADORA DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO - JASS DEL CASERÍO HUANZA, estableciendo un volumen anual de hasta 8 199,36 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,26 l/s, proveniente del manantial “El Nogal”.
OTORGAR, con eficacia anticipada al 03 de diciembre de 2024, a favor del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN GLACIARES Y ECOSISTEMAS DE MONTAÑA con RUC N° 20600404262, Autorización de Ejecución de Obras Mínimas, para el desarrollo del proyecto denominado “IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE MONITOREO DE LA LAGUNA GANGRAJANCA”, para la construcción de un muro de soporte, con el fin de almacenar el gabinete, el pluviómetro y el sistema de energía eléctrica autónoma.
OTORGAR Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para uso Poblacional, por un volumen anual de hasta 46 673,28 m3, equivalente a un caudal de hasta 1,48 l/s, proveniente de la quebrada “La Independencia”, para el desarrollo del proyecto denominado "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL Y CREACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE SAN ANTONIO DE LA BALSA Y SECTORES DEL DISTRITO DE SAN IGNACIO DE LA PROVINCIA DE SAN IGNACIO DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA"-, solicitado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SAN IGNACIO.
ACREDITAR la Disponibilidad Hídrica superficial con fines agrícolas, proveniente del manantial Yogurangra, para el desarrollo del proyecto: “Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y creación del servicio de disposición sanitaria de excretas en el Caserío de Quinuash, Distrito de San Miguel de Cauri, provincia Lauricocha, departamento Huánuco”, por un volumen anual de hasta 5 361,13 m3 equivalente a un caudal de hasta 0,17 l/s, solicitado por la Municipalidad Distrital de San Miguel de Cauri.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por Ezequiel Salón Culqui, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Jalea, sobre Acreditación de Creación y mejoramiento del sistema de agua potable y saneamiento de las localidades de Hushquita, Yumpe, Caulingas, Cueyqueta, Quelucas, Pengote y Tres Unidos, del distrito de la Jalea, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas", de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.