Sancionar a la Empresa Administradora Cerro S.A.C, con una multa equivalente a Cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción calificada como MUY GRAVE, tipificada en el numeral 9) del Artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal "d" del Artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en efectuar Un (01) vertimiento de aguas residuales hacia la laguna "Yanamate", sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, vertimiento ubicado en las coordenadas UTM WGS 84: (N: 8815313, E 363133), ubicado en el distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco.