Sancionar, a Agroexportadora Sol de Olmos S.A.C., con RUC Nº 20556450600, por infringir el numeral 3) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos: 3) la ejecución ( .. .) de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional"; concordante con el literal b del artículo 277º de su Reglamento: "b Construir (. . .) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, , permanentes (. . .), en las fuentes naturales de agua ( .. .)", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.