ARCHIVAR el presente Procedimiento Administrativo Sancionador seguido contra Aurelio Rafael Moreno Arguedas, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR administrativamente a la empresa GRANJA ITALIA S.A.C, con AMONESTACIÓN ESCRITA, por incurrir en las infracciones tipificadas en los numerales 1) y 3) del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos, concordantes con los literales a) y b) del artículo 277 de su Reglamento, calificadas como leves, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la delimitación del Bloque LOS TINGOS, segun el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 8.500 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas en las coordenadas UTM 633848.00000mE y 9499311.00000, DATUM WGS84, zona 17, politicamente en el distrito de Sícchez, provincia Ayabaca, departamento Piura.
SANCIONAR administrativamente a Pedro Marcelino Osario Hualancho con AMONESTACIÓN ESCRITA, por incurrir en las infracciones tipificada en los
numerales 1) y 3) del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales a) y b) del artículo 277 de su Reglamento, calificada como leve, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la delimitación del Bloque EL CHINCHAGUAL, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 8.380 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 630055.00000mE y 9456146.00000mN, DATUM WGS84, zona 0, políticamente en el distrito de Frías, provincia de Ayabaca, departamento Piura.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2837.00 m3/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) INTEGRAL DE LOS SECTORES DE PILANCON, PACAINIO Y PREDIO DE ASIAYACO"
SANCIONAR administrativamente a la empresa INVERSIONES & SERVICIOS MÚLTIPLES COQUITO S.A.C, con AMONESTACIÓN ESCRITA, por incurrir en las infracciones tipificadas en los numerales 1) y 3) del artículo 120 de la Ley de Recursos Hidricos, concordantes con los literales a) y b) del articulo 277 de su Reglamento, calificadas como leves, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 56235.00 m3/año, para usoAgrario, a favor de "Comité de Usuarios de Agua Ayahuaycco y Osccollo Marca de la Comunidad Campesina de Upiro",
Otorgar , licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 13448.00 m3/año, para usoPoblacional, a favor de "Junta Administradora de Servicios y Saneamiento - JASS de la Comunidad Campesina de Upiro" ,
Otorgar , licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 65163.00 m3/año, para usoAgrario, a favor de "Comité de Usuarios Sector Ccowini Sunipallcca",