R.TNRCH. Nº 0714-2019-ANA

Resumen

CUT N°:54288-2019.

RECLAMANTE: Luis Miguel Martinez Alzamora.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rimac-Lurin.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación.

SUMILLA: Se declara improcedente la queja presentada por el señor Luis Miguel Martinez Alzamora. contra la Administración Local del Agua Chillón-Rimac-Lurin, por no existir un procedimiento Administrativo en curso.

MARCO NORMATIVO: Numerales 169.1 y 169.2 del Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

534-2019

Sumilla

No procede la queja por defecto de tramitación de quien no tiene la condición de administrado no existiendo un procedimiento administrativo en curso

Marco normativo

Numerales 169.1 y 169.2 del Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0710-2019-ANA

Resumen

CUT N°:68609-2019.

RECLAMANTE: Sociedad Exportadora VERFRUT S.A.C.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación.

SUMILLA: Se declara la incompetencia de este tribunal para resolver la queja presentada por la Sociedad Exportadora VERFRUT S.A.C.  contra la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque-Zarumilla.

MARCO NORMATIVO: Inciso 1.1 del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: INCOMPETENCIA 

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

492-2019

Sumilla

El Tribunal Nacional de Resolución Controversias Hídricas carece de competencia para resolver la queja por defectos de tramitación por la demora en atender su solitud de una constancia de ubicación de su predio, debiendo considerarse como un pedido de acceso de información pública, siendo la competencia del colegiado referida a “controversias hídricas”   

Marco normativo

Inciso 1.1 del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0707-2019-ANA

Resumen

CUT N°:60677-2019.

IMPUGNANTE: Pedro Abraham Ramos Lobatón.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Pedro Abraham Ramos Lobatón contra la Resolución Administrativa N°024-2019-ANA-AAA-CH-ALA-H y nulo dicho acto administrativo, por advertirse la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General: disponiéndose la reposición del procedimiento administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 32° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

SENTIDO: FUNDADO / NULO / REPONER EL PROCEDIMIENTO

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

371 -2019

Sumilla

Se declara la nulidad si no cumplió con requerir al administrado el convenio o proyecto de convenio respectivo, incumpliendo con las actuaciones que le correspondía hacer a la Autoridad

Marco normativo

Artículo 32° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1417-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 228568-2019.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Quimsa Cruz Pujo de Santa teresa - Puno.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Quimsa Cruz Pujio de Santa Teresa - Puno contra la Resolución Directoral N° 372-2019-ANA-AAA.TIT, porque la citada resolución fue emitida conforme a ley.

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Diciembre, 2019

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0701-2019-ANA

Resumen

CUT N°:52875-2019.

IMPUGNANTE: Teófilo Padilla Jara.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización / Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Teófilo Padilla Jara contra la Resolución Directoral N°147-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA. debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

319-2019

Sumilla

El reconocimiento expreso de responsabilidad implica que el administrado admite haber cometido la infracción sin ningún tipo de condicionamiento, por tanto, cuando se pretende justificar la conducta con argumentos propios de un descargo, no configura la condición atenuante 

Marco normativo

Literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD N° 0260-2019-ANA-AAA.MDD

Resumen

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines mineros otorgada a la SOCIEDAD MINERA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA PLAYA DANY, titular de la concesión minera denominada "Playa Dany" con código 07-00167-97, mediante la Resolución Administrativa Nº 073-2009-ANA-ALAM de fecha 16.03.2009, en cumplimiento a la Resolución Nº 28, "Sentencia de vista de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios", en la cual se confirma en todos sus extremos la sentencia venida en grado, expedida con la Resolución Nº 20 (Expediente judicial Nº 00675-2017-0-2701-JM-Cl-01), Sentencia sobre derechos (licencias con fines mineros) en la comunidad Nativa de Tres Islas, de conformidad al numeral 5., del artículo 70° de la Ley Nº 29338 Ley de Recursos Hídricos, establece que los derechos de uso de agua previstos en la Ley se extinguen por lo siguiente:(...) Resolución judicial consentida que disponga la extinción del derecho (...), y por las razones expuestas en la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Lunes, 15 Julio, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0696-2019-ANA

Resumen

CUT N°:23156-2018.

IMPUGNANTE: Fundo Guerra Iquitos S.A.C.

ÓRGANO: ALA Iquitos.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la empresa Fundo Guerra Iquitos S.A.C., dejándose sin efecto la Resolución Administrativa N°015-2018-ALA-IQUITOS: disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del Artículo 257° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

SENTIDO: CADUCIDAD 

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

407-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de cargos

Marco normativo

Numeral 1 del Artículo 257° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0691-2019-ANA

Resumen

CUT N°:46600-2019.

IMPUGNANTE: Santos Castro Vargas.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos Generales

SUBMATERIA:  Medida Cautelar Judicial

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación  interpuesto por el señor Santos Castro Vargas contra la Resolución Directoral N°120-2019-ANA-AAA-C-O, por no tener competencia  este tribunal para resolver controversias respecto de la ejecución de un mandato judicial.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2. del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial 

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

46600-2019

Sumilla

El tribunal no es competente resolver controversias respecto a la ejecución de un mandato judicial

Marco normativo

Numeral 2. del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.A N°226-2019-ANA-AAA.M ALA-CH.CH

Resumen

Autorizar la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, a NÚCLEO EJECUTOR UP-089A-CASERÍO CHAMANA-HUARMACA, para el desarrollo del proyecto INSTALACION Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE 103 CASERIOS. DISTRITO DE HUARMACA - HUANCABAMBA - PIURA, LOCALIDAD DE CHAMANA., por un periodo de cuatro (4) meses.

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Julio, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0688-2019-ANA

Resumen

CUT N°:70467-2019.

IMPUGNANTE: Laura Pajuelo Jiménez de Chino.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Destinar las aguas a uso distinto al cual fueron otorgadas

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por la señora Laura Pajuelo Jiménez de Chino contra la Resolución Directoral N°298-2019-ANA/AAA I C-O, debido a que lo resuelto por el órgano de primera instancia se encuentra conforme a derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 252.1 del artículo 252° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y literal g) del artículo 277°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

402-2019

Sumilla

La prescripción de la facultad para determinar la existencia de infracciones en materia de recursos hídricos opera a los 4 años desde el día en que ocurrió la conducta infractora; por lo cual, en el presente caso, en la inspección de fecha 16.05.2017 se constató la comisión de la presente infracción, por lo tanto, desde esa fecha no ha trascurrido el mencionado plazo de prescripción

Marco normativo

Numeral 252.1 del artículo 252° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y iteral g) del artículo 277°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor