R.A N ° 193-2006- GRA/PR-GRAG-ATDRCH

Resumen

DISPONER QUE  USUARIO JUNTA  DE PROPIETARIOS  DE TERMINAL  TERRESTRE AREQUIPA    CANCELE SU RECIBO  DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES  INDUSTRIALES     ESTABLECIDOS PARA EL AÑO 2006

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Mayo, 2006

R.A N ° 192-2006- GRA/PR-GRAG-ATDRCH

Resumen

DISPONER QUE  USUARIO JUNTA ADMINISTRADORA  DE AGUA POTABLE  DEL DISTRITO  TRADICIONAL  DE UCHUMAYO   CANCELE SU RECIBO  DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES  POBLACIONALES    ESTABLECIDOS PARA EL AÑO 2006

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Enero, 2006

R.A N ° 191-2006- GRA/PR-GRAG-ATDRCH

Resumen

DISPONER QUE  USUARIO COLEGIO  DE  GESTION  NO ESTATAL  SAN JOSE   CANCELE SU RECIBO  DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES  INDUSTRIALES   ESTABLECIDOS PARA EL AÑO 2006

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Mayo, 2006

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A N ° 190-2006- GRA/PR-GRAG-ATDRCH

Resumen

DISPONER QUE  USUARIO GLORIA S.A  CANCELE SU RECIBO  DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES  INDUSTRIALES   ESTABLECIDOS PARA EL AÑO 2006

Fecha de Resolución

Domingo, 25 Junio, 2006

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 0750-2019-ANA

Resumen

CUT N°:62565-2018.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo General 

SUBMATERIAL: Rectificación de Error Material.

SUMILLA: Se rectifica la Resolución N°1007-2018-ANA/TNRCH de fecha 06.06.2018.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: RECTIFICACIÓN DE OFICIO

Fecha de Resolución

Jueves, 20 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

517-2018

Sumilla

La rectificación de error material procede siempre que no altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0749-2019-ANA

Resumen

CUT N°:14067-2019.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°1066-2018-ANA/AAA M, debido a que han sido emitida contraviniendo las normas que rigen la gestión y la disposición de los recursos hídricos, debiendo reponerse los actuados de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.14 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Literal e) del numeral 16.2 del Artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua; numeral 1. y 2. del artículo del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD / REPOSICION

Fecha de Resolución

Jueves, 20 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

111-2019

Sumilla

Es nula la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico emitidas a nombre de una persona natural y no a nombre de la entidad interesada 

Marco normativo

Literal e) del numeral 16.2 del Artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua; numeral 1. y 2. del artículo del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0748-2019-ANA

Resumen

CUT N°:95662-2019.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Punacancha.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad Campesina de Punacancha contra la Resolución Directoral N°221-2019-ANA-AAA.UV, por haberse presentado de forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.2 del artículo 145°, articulos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Jueves, 20 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

555-2019

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo, adquiriendo la calidad de acto firme 

Marco normativo

Numeral 145.2 del artículo 145°, articulos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

.TNRCH. Nº 0747-2019-ANA

Resumen

CUT N°:72825-2019.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo contra la Resolución Directoral N°286-2019-ANA/AAA I C-O. por carecer de legitimidad para obrar en el procedimiento administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 62° y numeral 1. del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Jueves, 20 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

447-2019

Sumilla

Los terceros no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios  

Marco normativo

Artículo 62° y numeral 1. del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0746-2019-ANA

Resumen

CUT N°:83141-2019.

IMPUGNANTE: Minera Opción S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Agua Subterránea

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Minera Opción S.A.C. contra la Resolución Directoral N°491-2019-ANA-AAA-CH.CH, revocándose el referido acto administrativo, así como se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha otorgue a la administrada la licencia de uso de agua a su favor, de acuerdo a lo solicitado y a las condiciones técnicas correspondientes.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1. del artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 70°, numeral 79.1 del artículo 79° y numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; literal d) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua aprobado por Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 20 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

469-2019

Sumilla

El otorgamiento de licencia de uso de agua se requiere acreditar, entre otros, la aprobación del instrumento de gestión ambiental, o en su defecto, un pronunciamiento de la autoridad competente señalando que no se requiere de la misma

Marco normativo

Numeral 1. del artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 70°, numeral 79.1 del artículo 79° y numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; literal d) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua aprobado por Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0744-2019-ANA

Resumen

CUT N°:50869-2019.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Vegueta.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Vegueta contra la Resolución Directoral N°146-2019-ANA/AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que el referido acto administrativo ha sido emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1. y Numeral 2. del Artículo 10° Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 20 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

393-2019

Sumilla

No se afecta el debido procedimiento administrativo por supuesta falta de notificación a la entidad cuando se le notifica el informe final de instrucción para que pueda realizar los descargos respectivos, no vulnerándose su derecho de defensa  

Marco normativo

Numeral 1. y Numeral 2. del Artículo 10° Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor