SANCIONAR a la JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL CENTRO POBLADO RURAL EL ARENAL, con una multa total equivalente a 2.5 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por el uso del agua subterránea proveniente del pozo IRHS 11-01-03-25, ubicado en las coordenadas UTM (WGS-84) 423,881 mE -8'441 ,335m N, del Sector El Arenal, distrito de Los Aquijes, provincia y departamento de Ica; para uso poblacional, sin contar con el derecho de uso correspondiente. Este hecho se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo con lo establecido por el numeral 1 del artículo 120° de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal "a" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, por los fundamentos expuestos en el presente acto resolutivo.