RD N° 0258-2025-ANA-AAA.MDD
Resumen
ARTÍCULO 1.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por la COOPERATIVA DE BIENES Y SERVICIOS SAN SALVADOR DE AYAPATA, representado legalmente por IGDRASIL CHACON ROSEL identificado con DNI N° 40684326, sobre autorización para la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico destinadas a la obtención de derechos de uso de agua para uso productivo con fines energéticos para el proyecto denominado “Mini Central Hidroeléctrica San Salvador II de 480 KW Ayapata”, ubicado en el distrito de Ayapata, provincia de Carabaya, departamento de Puno”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.