CUT N°:154999-2017.
SOLICITANTE: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.
MATERIA: Retribución económica.
SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual
SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa N°369-2017-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL, porque dicha resolución, al constituir únicamente el requerimiento de pago de la obligación, no es susceptible de una declaración de nulidad de oficio.
MARCO NORMATIVO: l literal b) del numeral 3.1 del articulo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA
SENTIDO: NO HAY MERITO PARA DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO