Rectificar el error material incurrido en el artículo 1º de la Resolución Administrativa Nº 087- 2018-ANA-AAA-JZ-ALAMBP, específicamente al extinguir la licencia de los señores Adanqué Flores Pablo y Silva Morales Eulogio según lo detallado en la parte considerativa, debiendo quedar redactado como "Silva Morales Eulogio"; y el error material incurrido en el artículo 2º de la precita resolución, específicamente en el nombre de María Susana Namuche Silva, debiendo quedar redactado como "María Susana Namuche Silva de Chumacero".