SANCIONAR a la SOCIEDAD MINERA RELIQUIAS S.A.C; con RUC N° 20566420211; con una multa equivalente a DOS COMA CINCO (2,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por realizar el vertimiento de aguas residuales industriales tratadas, proveniente de su planta de tratamiento, hacia la Laguna La Virreyna, a través de una tubería HDPE de 6" de diámetro, teniendo como punto de vertimiento en las coordenadas UTM WGS-84: 473,055 mE- 8'539,914 mN; ubicado en el sector Pacococha, distrito y provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional de Agua, con una descarga de dosificación de lechada de Cal (3 .5 - 4.0 Kg. de cal/día); constituyendo infracción en Materia de Recursos Hídricos, tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos "Realizar vertimientos sin autorización", concordado con el literal d) del artículo 277° del Reglamento de dicha Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG "Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua"; constituyendo falta grave; tal como lo señala el literal "d" del numeral 3) del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, ello por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.