CUT N°:198772-2018.
IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Vilavilani.
ÓRGANO: ALA Caplina-Locumba.
MATERIA: Tarifa de uso de agua.
SUBMATERIA: Utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor
SUMILLA: Se rectifica de oficio el Artículo 2° de la Resolución Administrativa N°107-2019-ANA-AAA.CO-ALA.CL, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.3 de la presente resolución; y se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios de Vilavilani contra la Resolución Administrativa N°107-2019-ANA-AAA.CO-ALA.CL, por haberse desvirtuado sus argumentos.
MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del articulo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Literal b) del articulo 6º de la Resolución Jefatural N.º 307-2015-ANA, modificado por la Resolución Jefatural N.º 337-2016-ANA.
SENTIDO: RECTIFICACIÓN DE OFICIO - INFUNDADO